Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
– Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
– Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.
– Denominación: soterramiento tramo ROS806-807.
– Situación: O Rosal.
– Características técnicas: LMT aérea a 20 kV en tres actuaciones:
1. 117 metros con conductor LA-110; origen: apoyo existente nº 1; final: apoyo proyectado nº 2.
2. 45 metros con conductor LA-30; origen: apoyo proyectado nº 3; final: apoyo existente nº 4.
3. 162 metros con conductor LA-110; origen: apoyo proyectado nº 6; final: apoyo existente nº 7.
LMT subterránea a 20 kV con conductor RHZ en dos actuaciones:
1. 544 metros; origen: paso aéreosubterráneo (PAS) en el apoyo proyectado 2; final: PAS en el apoyo proyectado nº 6.
2. 223 metros; origen: PAS en el apoyo proyectado nº 2; final: PAS en el apoyo proyectado nº 3.
La instalación está situada en Sandián, O Rosal.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 14 de marzo de 2019
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra