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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Viernes, 5 de abril de 2019 Pág. 17442

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 20 de marzo de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica y se convocan para el año 2019.

BDNS (Identif.): 447070.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Las personas, físicas o jurídicas, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes –o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia–, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, quedan exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro.

En el supuesto de la modalidad 1 (subvenciones a la creación de espectáculos de empresas de nueva creación), además, se deben cumplir los siguientes requisitos:

– El equipo artístico debe estar integrado, como mínimo en un 50 %, por personas nacidas a partir del año 1984, inclusive. Se entiende por equipo artístico: elenco, dirección, diseño de espacio escénico, diseño de luz, diseño de espacio sonoro y diseño de vestuario.

– Antigüedad de la compañía no superior a los tres años. A estos efectos, la constitución y antigüedad de la compañía se contabilizarán desde la primera fecha del alta en el IAE, en la actividad de producción o distribución de espectáculos de artes escénicas.

Segundo. Finalidad

La finalidad de estas ayudas es fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para contribuir a la promoción de la producción de la actividad escénica, dentro del marco de las competencias de este organismo, y proceder a su convocatoria para el año 2019 (código de procedimiento CT403 B).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 20 de marzo de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica y se convocan para el año 2019.

Cuarto. Importe

El importe global máximo de las subvenciones anteriormente detalladas será de 650.000 euros, suma que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 11.A1.432B.770.0 del presupuesto de gastos de la Agadic, código de proyecto 2010-0005, distribuido entre las anualidades 2019 y 2020: 150.000 euros con cargo al ejercicio 2019, y 500.000 euros con cargo al ejercicio 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2019

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales