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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Martes, 2 de abril de 2019 Pág. 16992

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 12 de marzo de 2019, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones dictadas en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres LU-00456-O-2018 y dos más.

La persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte dictó la resolución de los expedientes sancionadores número LU-00456-O-2018 y dos más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en plaza de Europa, 5A, 2º en Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, las personas interesadas deberán abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.

En caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2019

Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF Persona sancionada

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

LU-00456-O-2018

B-8190-TX

34290618X

El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 19 %.

6.3.2018; 21.15.00; N-VI; 543,8

Art. 141.2 de la LOTT

Art. 143.1.f) de la LOTT

900 euros

OU-00689-O-2018

5567-FGV

44482703J

La realización de transporte privado careciendo de autorización.

15.2.2018; 11.12.00; OU-0514; 0,372

Art. 141.14 de la LOTT

Art. 143.1.e) de la LOTT

601 euros

PO-00740-O-2018

1618-FZY

13051358P

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

22.11.2017; 9.05.00; A-55; 1,3

Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT

Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT

801 euros