La Secretaría General de la Igualdad convocó para el año 2019, a través de la Resolución de 21 de diciembre de 2018 (DOG núm. 18, de 25 de enero de 2019), subvenciones destinadas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para llevar a cabo programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que respondan a alguno de los siguientes tipos:
a) Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes con hijas o hijos menores de tres años, en situación de especial vulnerabilidad.
b) Programa de recursos integrales de atención personalizada y especializada para mujeres en situación de especial vulnerabilidad.
La partida presupuestaria con cargo a la que se financian estas subvenciones tiene una cofinanciación del 80 % de los fondos FSE en el programa operativo de Galicia 2014-2020.
El plazo y forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 7 de la Resolución de 21 de diciembre de 2018, y en el artículo 8 se determina la documentación que se adjuntará al anexo de la solicitud. Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha resolución de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción de los procedimientos, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.
El artículo 11 de la citada resolución establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si la solicitud no está debidamente cubierta o no se presenta la documentación exigida, la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con la advertencia de que, de no hacerlo, se considerará que desistió de su solicitud, después de que se dicte resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.
Asimismo, también se indica que por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada Ley 39/2015, los citados requerimientos de enmienda se realizarán mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los efectos de la notificación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.6 de la Resolución de 21 de diciembre de 2018, todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Por lo expuesto,
DISPONGO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas y/o que no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución.
2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, conforme se establece en esta resolución. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, después de la resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Secretaría General de la Igualdad a través de la cuenta de correo promocion.igualdade@xunta.gal o del teléfono indicado en el artículo 24 de la resolución de convocatoria (981 54 53 69).
Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2019
Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad
ANEXO
Nº expte. |
Solicitante |
NIF |
Documentación requerida |
SI427A 2019/01 |
Asociación Cultural Os Tres Reinos |
G32345274 |
1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no la indicaron en el anexo I. |
SI427A 2019/02 |
Alar Galicia |
G15775901 |
1. Anexo III debidamente cubierto en el modelo normalizado de la convocatoria vigente. |
SI427A 2019/04 |
Aspnais |
G27018365 |
1. Aclaración sobre el número de profesionales adscritos/as al programa, ya que en el anexo III indican que el servicio va a ser realizado por una psicóloga y una educadora social, pero presentan fichas de 7 profesionales. En caso de que se imputen horas de estos/as 7 profesionales, y teniendo en cuenta que el programa consiste en una sola actuación, también deberán aclarar o justificar la necesidad de todo este personal para el desarrollo del programa. |
SI427A 2019/05 |
Asociación Redmadre Ourense |
G32394082 |
1. A la educadora social y a la psicóloga clínica se le asignan tareas/funciones (asesoramiento jurídico) para las cuales las profesionales no tienen la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/06 |
Fundación Amigos de Galicia |
G15859911 |
1. Anexos IV: en las fichas número 5 y 6 (los dos abogados) no se puede validar la firma electrónica del representante legal. |
SI427A 2019/07 |
Congregación Siervas de la Pasión |
R0800086A |
1. Anexos IV: en la ficha número 4 el número de horas imputadas al programa no está claro; además, las fichas número 3 y 5 corresponden a la misma profesional desempeñando dos puestos de trabajo distintos (integradora social en la ficha nº 3 y educadora en la ficha nº 5). |
SI427A 2019/10 |
Asociación de Mulleres Anel |
G32207516 |
1. A la educadora social se le asignan tareas/funciones (atención psicológica) para las cuales la profesional no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/11 |
Asociación Mujeres en Igualdad Burela (Bumei) |
G27441153 |
1. Anexo III: los colectivos de mujeres a los cuales va dirigido el programa no coinciden con los indicados en la memoria complementaria; localización territorial del programa: en este apartado deberán relacionar el/los ayuntamiento/s en los que se van a llevar a cabo las actuaciones, no el/los ayuntamiento/s de los que proceden las usuarias, teniendo en cuenta además que en la relación de las actuaciones que componen el programa indican que los servicios se van a prestar en el local de la asociación; relación de las actuaciones que componen el programa: el período de desarrollo de cada una de las actuaciones excede el período subvencionable de esta convocatoria y la propia temporalización del programa para el cual se solicita la ayuda. |
SI427A 2019/12 |
Asociación Íntegro das Persoas con Diversidade Funcional da Costa da Morte |
G15173263 |
1. Anexo IV (ficha nº 1): las tareas/funciones de servicios o medidas de apoyo y orientación laboral no se corresponden con las funciones propias de una terapeuta ocupacional, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/14 |
Alume Saúde Mental |
G27198977 |
1. Anexo II: el presentado está sin firmar. |
SI427A 2019/17 |
Acadar. Asociación de Mulleres con Discapacidade de Galicia |
G70223417 |
1. Anexo II: en el presentado están mal cubiertos los datos de la secretaria de la entidad, ya que en lugar de los de ella figuran los de la presidenta. |
SI427A 2019/18 |
Asociación pola Igualdade e a Coeducación-Apico |
G94088549 |
1. Anexo IV (ficha nº 1): a la terapeuta se le asignan tareas/funciones (atención psicológica, asesoramiento jurídico y servicios o medidas de apoyo y orientación laboral) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/19 |
Federación de Asociacións de Mulleres Rurais de Galicia-Fademur Galicia |
G70101647 |
1. Anexo III: en el presentado no están descritas de forma detallada las actuaciones que componen el programa. |
SI427A 2019/20 |
Asociación de Ayuda a la Vida-Ayuvi |
G36802536 |
1. Aclaración sobre el período de desarrollo del programa, ya que el indicado en el anexo III no es correcto (1.10.2019-30.9.2019). |
SI427A 2019/21 |
Asociación de Mulleres Arandeira |
G32261679 |
1. Dado que a la técnica/educadora se le asignan tareas/funciones (atención psicológica) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarla a cabo, deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/22 |
Asociación Mirabal |
G70312954 |
1. Anexos IV: según el anexo III, en el programa van a participar 1 terapeuta y 1 economista, pero presentan dos anexos IV para el puesto de terapeuta (fichas nº 3 y 4) y no presentan la ficha correspondiente al puesto de economista. |
SI427A 2019/24 |
Asociación Dignidad Galicia |
G15500853 |
1. Aclaración al tipo de establecimiento en el que se desarrolla el programa, ya que no lo indicaron en el anexo III. |
SI427A 2019/25 |
ONG Mestura |
G15940414 |
1. Memoria complementaria del programa: tanto en el anexo I como en el III indican que aportan dicha memoria, pero esta no fue presentada (teniendo en cuenta además que la descripción de las actuaciones en el anexo III no es detallada). |
SI427A 2019/26 |
Asociación Redmadre Pontevedra |
G27707686 |
1. A la trabajadora social y a la psicóloga se le asignan tareas/funciones (asesoramiento jurídico y/o medidas de apoyo y orientación laboral) para las cuales las profesionales no tienen la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/27 |
Down Ourense |
G32311870 |
1. Anexo IV (ficha nº 2-educadora social): en la presentada no marcaron el tipo de puesto de trabajo. |
SI427A 2019/28 |
Fundación Ronsel |
G15752660 |
1. El número de horas del director de proyectos y del coordinador técnico (miembros de la junta directiva-fichas nº 1 y 2) excede el límite del 5 % de las horas totales declaradas por la entidad (último párrafo del artículo 6.1.a). De este modo, de las 675 horas totales declaradas, solo son subvencionables 628:30 horas una vez aplicado dicho límite. |
SI427A 2019/29 |
Asociación Saúde Mental A Creba |
G15476310 |
1. Aclaración sobre la localización territorial del programa (se deben indicar el/los ayuntamiento/s en los que se van a llevar a cabo las actuaciones, no el/los ayuntamiento/s de los que proceden las usuarias). |
SI427A 2019/31 |
Saúde Mental Feafes Galicia |
G15545353 |
1. Certificación acreditativa de las asociaciones integradas, especificando respecto de cada una de ellas la denominación, el NIF y el número de socias y socios (en la presentada no se especifica el NIF de cada una de las asociaciones). |
SI427A 2019/35 |
Asociación de Mulleres Algueirada |
G32354227 |
1. A la educadora se le asignan tareas/funciones (atención psicológica) para las cuales la profesional no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/37 |
Asociación Participación |
G32477127 |
1. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que el período de desarrollo indicado en el anexo III excede el período subvencionable de la convocatoria. |
SI427A 2019/38 |
Asociación Nós Mesmas |
G27718907 |
1. A la educadora social se le asignan tareas/funciones (servicios/medidas de apoyo y orientación laboral) para las cuales la profesional no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/39 |
Adicam-Asociación de Diagnosticad@s de Cancro de Mama de Pontevedra |
G36380301 |
1. Anexo IV correspondiente a la profesional que ocupa el puesto de trabajo de psicóloga (no lo presentaron, en su lugar aportaron el anexo II). |
SI427A 2019/40 |
Aseduc-Asociación Socioeducativa para a Educación |
G70067830 |
1. Anexo II: en el presentado están mal cubiertos los datos de la secretaria de la entidad, ya que en lugar de los de ella figuran los de la presidenta. |
SI427A 2019/41 |
Asociación Penitenciaria Concepción Arenal |
G27119809 |
1. A la psicóloga/criminóloga se le asignan tareas/funciones (servicios/medidas de apoyo y orientación laboral) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/43 |
Asociación Sustinea |
G32422834 |
1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). |
SI427A 2019/45 |
Asociación Xarela Formación Animación |
G32261307 |
1. Al orientador socio-laboral se le asignan tareas/funciones (atención psicológica) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/46 |
Auxilia Delegación Lugo |
G08317059 |
1. A la psicóloga se le asignan tareas/funciones (servicios/medidas de apoyo y orientación laboral) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/47 |
Andaina Pro Saúde Mental |
G70264999 |
1. La entidad solicitante no es la titular de la cuenta bancaria consignada en el anexo I, por lo que deberán indicar una cuenta bancaria titularidad de la asociación. |
SI427A 2019/50 |
Asociación Patronato Concepción Arenal |
G15030372 |
1. Anexo II: en el presentado no se indica la denominación del programa ni la cuantía que se solicita. |
SI427A 2019/51 |
Asociación de Coaching para el Desarrollo Social y Comunitario Daleth |
G70480595 |
1. Aclaración sobre las actuaciones que componen el programa: en el anexo III presentado las actuaciones e) y f) tienen una descripción y contenido idénticos. |
SI427A 2019/53 |
Fundación Integra |
G36880615 |
1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). |
SI427A 2019/54 |
Acción Laboral |
V09409749 |
1. Acreditación de que la entidad tiene domicilio social o delegación en Galicia (artículo 4.1.b). |
SI427A 2019/55 |
Cáritas Diocesana Tui-Vigo |
R3600368I |
1. Anexo II: en el presentado no se puede validar la firma electrónica del representante legal. |
SI427A 2019/57 |
Confederación Galega de Persoas con Discapacidade-Cogami |
G32115941 |
1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II. |
SI427A 2019/58 |
Agrupación de Asociacións Veciñais do Rural e Periferia de Ourense Miño |
G32408023 |
1. Certificación acreditativa de las asociaciones integradas, especificando respecto de cada una de ellas la denominación, el NIF y el número de socias y socios (en la presentada no se especifica ni el NIF ni el número de socios/as de cada una de las asociaciones). |
SI427A 2019/59 |
Asociación de Amigos da Cultura e do Ocio Aires Nosos |
G32369696 |
1. Anexos IV: ficha individualizada de cada una de las profesionales que van a participar directamente en la ejecución del programa. |
SI427A 2019/60 |
Grumico-Grupo de Persoas con Discapacidade da Coruña |
G15038797 |
1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). |
SI427A 2019/61 |
Asociación Faraxa pola Abolición da Prostitución |
G27728658 |
1. Dado que una de las profesionales está vinculada con la entidad (forma parte de la junta directiva), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifica y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia). |
SI427A 2019/62 |
Asociación Ambar das Persoas con Diversidade Funcional |
G15052434 |
1. A la trabajadora social se le asignan tareas/funciones (asesoramiento jurídico) para las cuales no tiene la titulación y/o perfil profesional para llevarlas a cabo, por lo que deberán aclarar cuáles son los motivos que justifican dicha asignación de tareas. |
SI427A 2019/63 |
Cruz Roja Española |
Q2866001G |
1. Acreditación de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad: presentó una certificación emitida por la propia persona que firma la solicitud en la que manifiesta que es la competente para solicitar en nombre de la entidad ayudas y subvenciones, por lo que deberá acreditar documentalmente dicha competencia. |
SI427A 2019/64 |
Ardai Educación y Terapia |
G32456097 |
1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). |
SI427A 2019/65 |
Asociación Centinelas |
G70390745 |
1. Anexos IV (fichas correspondientes a los puestos de trabajo de técnica social y psicóloga): en los presentados, la misma profesional desempeña los dos puestos de trabajo, por lo que deberán aclarar esta circunstancia o, en su defecto, corregir las correspondientes fichas. |
SI427A 2019/66 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
1. Anexo II debidamente cubierto: en el presentado los datos de la persona secretaria no coinciden con los de la persona que firma como tal, la cuantía solicitada no coincide con la indicada en el anexo I, no indican la denominación del programa, etc. |
SI427A 2019/67 |
Asociación para a Prevención e a Educación Social-APES |
G32383549 |
1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad (según la certificación de la secretaria de la entidad, el 30.11.2018 se nombró a una nueva presidenta y esta no es la que firma la solicitud). |
SI427A 2019/68 |
Ecos do Sur |
G15354483 |
1. Anexo II: en el presentado están mal cubiertos los datos del secretario de la entidad, ya que en lugar de los de él figuran los de la presidenta. |
SI427A 2019/69 |
Asociación Integrados |
G15973357 |
1. Anexo II: en el presentado están mal cubiertos los datos de la secretaria de la entidad, ya que en lugar de los de ella figuran los del presidente y la cuantía solicitada no coincide con la indicada en el anexo I. |
SI427A 2019/70 |
Asociación de Ayuda y Atención al Preso |
G15414667 |
1. Anexo II debidamente cubierto: en el presentado los datos de la persona secretaria no coinciden con los de la persona que firma como tal, no indican la cuantía solicitada ni la denominación del programa, etc. |
SI427A 2019/71 |
Asociación Down Coruña |
G15731466 |
1. Anexo IV: la ficha número 1 (psicóloga) no está debidamente cubierta en todos sus apartados (no se indicó el tipo de puesto de trabajo ni si forma parte o no de la junta directiva de la entidad). |
SI427A 2019/72 |
Asociación Rede de Mulleres Veciñais Contra os Malos Tratos de Vigo |
G36928646 |
1. Anexo II: en el presentado no está firmado el visto bueno por parte de la presidenta de la entidad. |
SI427A 2019/73 |
Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo |
G27712306 |
1. Anexo II: el presentado está sin firmar por la secretaria de la entidad. |
SI427A 2019/74 |
Valoresc Innovación |
G70377585 |
1. Aclaración sobre la denominación del programa, ya que no es coincidente en los anexos I y II. |
SI427A 2019/75 |
Asociación Diversidades |
G27783950 |
1. Dado que las profesionales están vinculadas con la entidad (forman parte de la junta directiva), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo estas contrataciones, indicando los motivos que las justifican y si se realizan de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia). |
SI427A 2019/76 |
Asociación Menthor |
G94151602 |
1. Anexo II: el tipo de programa solicitado (recursos integrales para mujeres gestantes/lactantes) no coincide con el tipo de programa indicado en el anexo I (recursos integrales para mujeres en situación de especial vulnerabilidad). |
SI427A 2019/77 |
Federación EFA Galicia |
G15299357 |
1. Anexo II: el archivo pdf presentado corresponde a un documento en blanco. |
SI427A 2019/78 |
Asociación de Acción Social, Educación Permanente y de Servicios a la Juventud y a la Mujer Tempus |
G15681000 |
1. Anexo II. |
SI427A 2019/79 |
Asociación Labregas |
G15945686 |
1. Aclaración sobre el período de desarrollo del programa, ya que el indicado en el anexo III es incorrecto, además de que no coincide con el período de dedicación al programa de las profesionales. |