Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Lunes, 1 de abril de 2019 Pág. 16609

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se regula y convoca para el año 2019 el Programa de ayudas para la concesión de las estadías de tiempo libre para mujeres solas con responsabilidades familiares no compartidas.

BDNS (identif.): 446235.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las mujeres, preferentemente víctimas de violencia de género, que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud:

a) Tener hijas/os menores y/o menores en acogida, exclusivamente a su cargo y con edades comprendidas entre los 2 y los 12 años.

b) No convivir con pareja afectiva.

c) Estar empadronada y tener residencia efectiva en cualquiera de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el caso de las mujeres extranjeras, también será necesario tener permiso de residencia y de trabajo.

d) Que los ingresos brutos mensuales de la solicitante no superen el límite del importe de 1,5 veces el IPREM vigente.

e) No padecer ella, ni las hijas/os menores y/o menores en acogida que la acompañen, una enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.

2. Para asistir al programa, las mujeres beneficiarias irán acompañadas de sus hijas/os menores y/o menores en acogida, exclusivamente a su cargo y con edades comprendidas entre los 2 y los 12 años, ambos inclusive, en la fecha de presentación de la solicitud.

Segundo. Objeto

Estas ayudas, que se conceden en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto proporcionar a las personas beneficiarias, citadas en el punto anterior, estadías de tiempo libre, que se desarrollarán preferentemente entre finales del mes de junio y principios del mes de septiembre, incluyendo servicios de alojamiento, en régimen de pensión completa, traslado de ida y vuelta desde su ayuntamiento de residencia, equipo de monitoras/ores y actividades complementarias, que serán gratuitos para las personas beneficiarias, con un máximo de 90 plazas. Su finalidad es facilitarles un espacio y un tiempo desligado de su situación habitual y en el cual puedan intercambiar experiencias a través de la convivencia en un espacio de ocio, reforzando su vínculo materno-filial en un ambiente de seguridad, respeto y buen trato como modelo de convivencia.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Secretaría General da Igualdad, por la que se regula y convoca para el año 2019 el Programa de ayudas para la concesión de las estadías de tiempo libre para mujeres solas con responsabilidades familiares no compartidas.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de setenta y dos mil seiscientos euros (72.600 €), en la adquisición de los servicios precisos para hacerla efectiva por medio de un procedimiento público de contratación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2019

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad