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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Lunes, 1 de abril de 2019 Pág. 16746

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 21 de marzo de 2019 por el que se somete al trámite de información pública la separata de la modificación del proyecto de construcción del acceso al Parque de Actividades Económicas de Arteixo, de clave AC/17/166.01.M1.

Antecedentes:

La proximidad del municipio de Arteixo con el área urbana de A Coruña y su importancia estratégica, determinada por las vías de alta capacidad A-6 y AG-55 y por el puerto exterior, le otorga un papel preponderante como elemento aglutinador de la demanda de suelo empresarial del área metropolitana de A Coruña.

En respuesta a estas necesidades, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, apoyado en el Estudio de viabilidad del Polígono de Actividades Económicas de Arteixo, promovió la actuación que el proyecto sectorial desarrolla, es decir, las actuaciones del Parque de Actividades Económicas de Arteixo (Acteca) como un nuevo complejo multifuncional, con potencialidades de desarrollo a corto, medio y largo plazo, para la prestación conjunta de servicios a la totalidad del conjunto del nudo logístico de A Coruña.

Así, el 2.4.2004, el Consello de la Xunta de Galicia declara el Proyecto sectorial del Parque de Actividades Económicas de Arteixo como de incidencia supramunicipal el 27.12.2004 la Consellería de Medio Ambiente realiza la declaración de impacto ambiental del mismo y la Agencia Gallega de Infraestructuras aprueba con fecha 12.9.2018 el proyecto de construcción Acceso al Parque de Actividades Económicas de Arteixo, cuyo objeto es la definición de los trabajos necesarios para dotar al Parque de Actividades Económicas de Arteixo de una conexión con las carreteras autonómicas AC-551, AC-552, la autovía de peaje AG-55 y la autovía A-6, proyectándose un enlace tipo trompeta de cuatro ramales, situado en la carretera AC-551, entre la salida número 8 de la AG-55 y la glorieta de Arteixo, situada en la AC-552.

Adjudicadas las obras e iniciados los traballos previos de las mismas, se pone de manifesto una serie de incidencias que implican la necesidad de realizar modificaciones en el proyecto adjudicado.

De los estudios realizados se concluye que la construcción de los elevados desmontes en roca previstos en el proyecto inicial obligarían a cortar la AC-551 durante meses para permitir ejecutar la totalidad de las voladuras necesarias. Esta carretera es en la actualidad el único acceso con capacidad suficiente al polígono industrial de Sabón desde la A-6, con una IMD (intensidad media diaria) superior a los 15.000 vehículos diarios, por lo que su corte generaría un fuerte impacto económico a las empresas radicadas en el citado polígono, comprometiendo su normal funcionamiento.

Por todo ello, se manifiesta la necesidad de modificar el diseño del enlace para poder mantener en servicio la AC-551, autorizando al director de la Agencia Gallega de Infraestructuras su redacción con fecha 7 de marzo de 2019.

La modificación consistirá en cambiar la tipología del enlace definido en el proyecto, de tipo trompeta, por un enlace consistente en la construcción de una glorieta elevada sobre la AC-551. Con esta solución se consigue:

• Encajar los ramales de acceso con pendientes y radios de giro acordes a la normativa de trazado de carreteras y eliminar un trazado problemático que afectaría directamente al tronco de la AC-551.

• Reducir la ocupación en planta de la obra, con menores alturas de desmonte y se consigue un balance de tierras compensado.

• Una mejor compresión del enlace por parte de los conductores y posibilidades de trenzado de carriles de mayor longitud que las existentes en el proyecto original, lo que se traduce en una mejor funcionalidad y mayor garantía de seguridad vial.

De esta forma, la solución constructiva del enlace que se propone en este proyecto modificado, para conseguir la conexión con las carreteras autonómicas AC-551, AC-552, la autovía de peaje AG-55 y la autovía A-6, tiene las siguientes características:

• La conexión a distinto nivel se consigue mediante una glorieta superior de 32 metros de radio, situada sobre el tronco actual de la AC-551. Para ello es preciso ejecutar dos estructuras de paso sobre la AC-551, con una luz libre de 16 metros y un ancho de tablón de 15 metros.

• Desde esta glorieta superior parte un vial directo en dirección N-S de conexión con la trama de avenidas troncales del parque empresarial.

• Conexión de la AC-551:

– Con la glorieta superior, en sentido Sabón, se disponen ramales con carriles y cuñas de cambio de velocidad que permiten salvar la cota existente entre el trazado actual de la AC-551 y la existente en la glorieta superior.

– Con el vial de acceso al polígono, en dirección A-6, se resuelve con ramales que configuran lazos directos independientes.

• Conexión de la AG-55:

– El actual lazo de salida de la AG-55, que canaliza el movimiento AG-55-AC-551 en dirección Sabón es sustituido por un nuevo ramal que permite, por una parte, conectar directamente con la glorieta superior de acceso al parque empresarial y, por otra, a través de un segregado, conectar directamente con la AC-551 una vez superada la glorieta superior, evitando trenzados y independizando los distintos movimientos del enlace.

– La actuación se completa con la ampliación de la capacidad de la AC-551, de forma que se aumentan sus carriles para hacerlos homogéneos con la sección tipo de cuatro carriles existente en su tramo final.

A pesar de que la modificación solo afecta a un cambio de la tipología del enlace, sin tener nuevas afecciones y con una funcionalidad superior, a los efectos de dar una mayor seguridad jurídica, se propone someter a información pública, a efectos del artículo 21 de la Ley 8/2013 de carreteras de Galicia, dado que tal y como establece el artículo 23.1 de esa misma ley:

Los estudios y proyectos sometidos a los trámites de información pública en materia de carreteras e informe de las administraciones afectadas, una vez aprobados definitivamente, tienen la consideración de proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, según lo dispuesto en la legislación autonómica de ordenación del territorio.

Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,

RESUELVO:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, la citada separata del proyecto modificado se somete al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.

Segundo. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2, 15008 A Coruña), en el Ayuntamiento de Arteixo (plaza Alcalde Ramón Dopico, 1, 15142 Arteixo, A Coruña). Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad (https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas), se encuentra a disposición de los interesados el documento de separata del proyecto de construcción.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2019

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras