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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Jueves, 28 de marzo de 2019 Pág. 16291

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (DSP 1161/2017 MA).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1161/2017, a instancia de Tatiana María Castro Casal contra Fogasa, Gestcom Marketing, S.L. y otros, sobre despido, en los que recayó sentencia en fecha 25 de febrero de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por Tatiana María Castro Casal frente a la empresa Gestcom Marketing, S.L. y su administrador concursal y, en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Gestcom Marketing, S.L. a la demandante Tatiana María Castro Casal.

– Se condena a Gestcom Marketing, S.L. a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión de la actora o el abono de una indemnización de 1.424,34 euros, determinando el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en el caso de optar por la readmisión, deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 17,86 euros diarios, vinculando tales declaraciones al administrador concursal.

– Se condena a la empresa Gestcom Marketing, S.L. a abonar a la trabajadora la cantidad de 891,57 euros, devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %, vinculando tales cantidades al administrador concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Gestcom Marketing, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 6 de marzo de 2019

La letrada de la Administración de justicia