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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Viernes, 22 de marzo de 2019 Pág. 15640

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 705/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 705/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María del Carmen Buldain Loduca contra Menta Panadería Pastelería, S.L., Fogasa, administración concursal de Menta Panadería Pastelería, S.L. (Tomás Dapena Carabel), sobre despido, se ha dictado Auto de aclaración de sentencia de 26 de febrero de 2019 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Parte dispositiva.

Ha lugar la rectificación instada por la parte demandada, de manera que:

a) En el fallo de la sentencia, donde dice: «extinción de la relación laboral a fecha de esta sentencia», ha de decir: «extinción de la relación laboral en fecha de 23 de junio de 2017».

b) En la fundamentación jurídica, donde dice: «se une a pedir la extinción de la relación laboral en esta resolución», ha de decir: «se une a pedir la extinción de la relación laboral en esta resolución con fecha de efectos la de efecto del despido el 23 de junio de 2017”.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncia, manda y firma S.Sª.

El magistrado juez».

Para que sirva de notificación en legal forma a Menta Panadería Pastelería, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia