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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Jueves, 7 de marzo de 2019 Pág. 13043

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 18 de febrero de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2018450AL-PO por infracción en materia sanitaria.

El 16 de enero de 2019, la jefa territorial de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2018450AL-PO incoado a la persona titular del DNI 35479197H.

Tras intentar la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a la persona titular del DNI 35479197H el contenido de dicha resolución, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

En caso de estar conforme con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo:

1. Si la publicación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2. Si la publicación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Para ello deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Sanidad en el Edificio Administrativo San Lázaro, en Santiago de Compostela, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la persona interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 18 de febrero de 2019

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2018450AL-PO.

DNI de la persona denunciada: 35479197H.

Hecho imputado: infracción de lo previsto en el Real decreto 164/2014, de 14 de marzo, que establece las normas complementarias para la producción, designación, presentación y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas.

Preceptos infringidos: artículo 10: «Los productos regulados por este real decreto y por el Reglamento (CE) nº 110/2008, de 15 de enero, se presentarán y comercializarán siempre debidamente envasados y etiquetados, quedando expresamente prohibido el trasvase o rellenado en los establecimientos de venta, mayoristas, detallistas, cafeterías, bares, tabernas, restaurantes [...]».

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51 apartado 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición: «Serán infracciones leves: 1.- (...) La elaboración, fabricación, transformación, envasado, almacenamiento, importación, exportación, distribución, transporte o comercialización de alimentos y piensos, en condiciones no permitidas por la normativa vigente, o cuyo uso haya sido expresamente prohibido o restringido, siempre que dicho incumplimiento no esté tipificado como infracción grave o muy grave».

Sanción propuesta: trescientos euros (300 €).