Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Miércoles, 27 de febrero de 2019 Pág. 11448

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2019, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publican los requerimientos de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra.

La Consellería de Política Social convocó a través de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 (DOG núm. 10, de 15 de enero de 2019) el procedimiento de selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra (procedimiento BS213B).

El apartado cuarto del anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes, indicando que las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que corresponde al anexo III, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, en el apartado quinto se determina la documentación que se unirá a la solicitud.

El apartado noveno del anexo I de dicha resolución establece que si la solicitud no está debidamente cumplimentada o no se presenta la documentación exigida, el órgano instructor requerirá a la entidad solicitante para que en un plazo improrrogable de diez días hábiles, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos. En este requerimiento se hará indicación expresa de que, se así no lo hicieran, se tendrá por desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, también se indica en dicho apartado noveno que, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de dicha ley, los requerimientos de enmienda se notificarán por publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas y/o no adjuntan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en los anexos I y II de la Resolución de 28 de diciembre de 2018. Esta relación figura como anexo de esta resolución.

Segundo. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmienden la falta o adjunten los documentos preceptivos conforme se establece en esta resolución. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, después de la resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Tercero. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de la documentación de las solicitudes, podrán dirigirse al Servicio de Justicia Penal Juvenil a través de la cuenta de correo menores.conflicto@xunta.gal

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2019

María Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Nº de expediente

Área del recurso

Solicitante

NIF

Documentación a requerir

BS213B-2019-01

Ciema Pontevedra

Asociación Arela

G36846152

Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante para actuar en nombre de la entidad para el caso de que ésta se atribuya a persona distinta a la designada en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social o que en dicho registro ésta se atribuya a persona distinta a la designada.

BS213B-2019-04

Ciema Ourense

Asociación Arela

G36846152

Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante para actuar en nombre de la entidad para el caso de que ésta se atribuya a persona distinta a la designada en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social o que en dicho registro ésta se atribuya a persona distinta a la designada.

BS213B-2019-05

Ciema Lugo

Fundación Educativa e Social Dignidade

G27473677

Memoria de recursos humanos, de acuerdo con los requisitos mínimos establecidos para el Ciema Lugo en el apartado 2.2.2.a) del anexo II de la resolución, teniendo en cuenta que la referencia efectuada a cada unidad se corresponde con un profesional a jornada completa.