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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Jueves, 21 de febrero de 2019 Pág. 10642

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2019 por la que se nombran los miembros del Consejo de la Economía Social de Galicia.

El artículo 9 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, crea y define el Consejo de la Economía Social de Galicia como órgano consultivo y asesor para las actividades relacionadas con la economía social, especialmente en el ámbito de la promoción y difusión de la economía social.

En el artículo 11 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, se regula su composición y régimen de elección de las personas que lo integran y en el artículo 12 el nombramiento y cese de éstas por parte de la persona titular de la consellería competente en materia de economía social, por propuesta de la entidad o del órgano al que le corresponde o de las decisiones derivadas del propio Consejo.

La Consellería de Economía, Empleo e Industria es la consellería competente en materia de economía social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Nombrar como personas integrantes del Consejo de la Economía Social de Galicia, por un período de cuatro años, según se establece en el artículo 12.2 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, a las personas que se relacionan a continuación:

1. En representación de las entidades de la economía social de Galicia:

a) Seis personas propuestas por el Consejo Gallego de Cooperativas de entre sus miembros representantes de las cooperativas en función de su representatividad en ese órgano.

Titulares: Celso Gándara Carnero, Constantino A. Gago Conde, María del Mar Pernas Márquez, José Severino Montes Pérez, Higinio Mougán Bouzón, Carlos Laya Vía.

Suplentes: Miguel Anxo Filgueira Touriño, Roberto Andrés Sanmartín, Ramón Carmelo Rodríguez Padín, Emilio Rodríguez Felipe, José Manuel López Tellado, Alberto Vila González.

b) Una persona por la entidad de representación de las sociedades laborales más representativa.

Titular: Eduardo J. Salido Blanco.

Suplente: Berta Lema Añón.

c) Una persona propuesta por la entidad de representación de los centros especiales de empleo más representativa.

Titular: José Antonio Vázquez Freire.

Suplente: Esther Blanco Araújo.

d) Una persona propuesta por la entidad de representación de las empresas de inserción más representativa.

Titular: Miguel Fernández Blanco.

Suplente: Carmen Avendaño Otero.

e) Una persona propuesta por la entidad de representación de las asociaciones y fundaciones más representativa:

Titular: Antonio Hernández Fernández.

Suplente: Xosé Cuns Traba.

f) Una persona propuesta por la Federación Gallega de Cofradías de Pescadores.

Titular: Tomás Fajardo da Costa.

Suplente: María Rita González Sestelo.

g) Una persona propuesta por la entidad de representación de las comunidades y mancomunidades de montes vecinales en mano común más representativa.

Titular: Xosé Alfredo Pereira Martínez.

Suplente: Genoveba Gey Piñeiro.

2. En representación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia:

a) Una persona representante de la consellería competente en materia de economía social.

Titular: Alba Paz Boubeta.

Suplente: Mª Asunción García Cao.

b) Una persona representante de la consellería competente en materia de desarrollo rural.

Titular: Miguel Ángel Pérez Dubois.

Suplente: Javier Blanco Carballal.

c) Una persona representante de la consellería competente en materia de desarrollo marino.

Titular: Susana Rodríguez Carballo.

Suplente: Juan Manuel Rodríguez Rodríguez.

d) Una persona representante de la consellería competente en materia de economía e industria.

Titular: Juan Manuel Cividanes Roger.

Suplente: Pablo Casal Espido.

e) Una persona representante de la consellería competente en materia de empleo.

Titular: Alfonso Marnotes González.

Suplente: Juan José Lirón Lago.

f) Una persona representante de la consellería competente en materia de educación.

Titular: Mª Pilar García Otero.

Suplente: Patricia Brión Cabanelas.

g) Una persona representante de la consellería competente en materia de fundaciones y asociaciones.

Titular: José Ramón Pardo Cabarcos.

Suplente: Mª Amadora Rodríguez Carreira.

h) Una persona representante de la consellería competente en materia de política social.

Titular: Arturo Parrado Puente.

Suplente: Ana Mª Aboy Fernández.

i) Una persona representante de la consellería competente en materia de igualdad.

Titular: Mª Luz González González.

Suplente: Patricia Fernández López.

3. En representación de las organizaciones sindicales intersectoriales de la comunidad autónoma con derecho de participación institucional conforme a la normativa de aplicación:

Titular: José Carlos Rodríguez del Río.

Suplente: María Isabel González Jardón.

4. En representación de las organizaciones empresariales intersectoriais más representativas a nivel gallego:

Titular: José Antonio Vázquez Freire.

Suplente: Marta Amate López.

5. En representación de los ayuntamientos de Galicia, propuesta por la Federación Gallega de Municipios y Provincias:

Titular: Beatriz Domínguez Siaba.

Suplente: Beatriz Rodeiro Fernández.

6. En representación de las universidades de Galicia, designada conjuntamente por las universidades del Sistema universitario de Galicia:

Titular: Rafael Vallejo Posada.

Suplente: Bruno Casal Rodríguez.

Segundo. Nombrar como secretaria del Consejo de la Economía Social de Galicia a Sofía Vales Fernández y como secretaria suplente a Beatriz Martínez Morales.

Contra esta resolución se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consellería de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2019

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria