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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Jueves, 14 de febrero de 2019 Pág. 9460

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de resolución (DOI 152/2018).

DOI despido objetivo individual 152/2018

Demandante: José Manuel Torres Grela

Graduada social: Laura Prieto Currás

Demandados: Fogasa Fondo de Garantía Salarial, Campiñas de Laíño, S.A., Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L., María José Lorenzo Gómez, Fidel Derivados Cárnicos, S.L., Juan Manuel Capella Pérez

Abogado: letrado de Fogasa, Manuel López Núñez, María José Lorenzo Gómez, Juan Manuel Capella Pérez

Graduado Social: José Nogueira Delgado

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido objetivo individual 152/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Torres Grela contra Campiñas de Laíño, S.A., Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L., María José Lorenzo Gómez, Fidel Derivados Cárnicos, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Juan Manuel Capella Pérez, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima la demanda presentada por la parte actora frente a Campiñas de Laíño, S.A., Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L. y Fidel Derivados Cárnicos, S.L., en su pretensión principal y, en consecuencia:

– Se declara nulo el despido del trabajador/a efectuado con efectos de 31 de enero de 2018.

– Se condena solidariamente a las codemandadas a la inmediata readmisión del demandante en su puesto de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la efectiva readmisión, a razón de 44,16 euros/día.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a los administradores concursales haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación, previa consignación del depósito de 300 euros y, en el caso de la empresa condenada, del importe objeto de condena.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerda, manda y firma Elena Calleja Curros, magistrada-juez de refuerzo de este juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Hipescar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2019

La letrada de la Administración de justicia