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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Miércoles, 13 de febrero de 2019 Pág. 9249

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 23 de enero de 2019 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición contra la Resolución de 13 de junio de 2017 (expediente PON/149/2016-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 27 de noviembre de 2018, dictó resolución por la que se declara la inadmisibilidad, por carecer de legitimación activa, del recurso interpuesto contra la Resolución de 13 de junio de 2017, del director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, que declaró ilegalizable una edificación residencial y la pavimentación de hormigón en la parcela 53 del polígono 44 en el lugar de Renza, Sobrán, en el término municipal de Vilagarcía de Arousa, y ordenó a Silveria Padín Navia la demolición a su costa de dichas obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras y el cese definitivo de los usos.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Silveria Padín Navia, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística