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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Miércoles, 13 de febrero de 2019 Pág. 9251

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 23 de enero de 2019 por la que se notifica la imposición de una cuarta multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/89/2012.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 17 de octubre de 2018, resolución por la que se impone una cuarta multa coercitiva como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 4 de diciembre de 2013, de la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que declaró ilegalizables las obras consistentes en la construcción de una edificación destinada a uso residencial en O Prado do Rechouso, en el lugar de Froxán, parroquia de Vilamor, en el término municipal de Folgoso do Courel, provincia de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación personal de dicha resolución a Juan Manuel Vaamonde Liste, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado la citada resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Toda vez que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, el interesado puede interponer recurso de reposición, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística