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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Miércoles, 13 de febrero de 2019 Pág. 9216

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de decreto (ETJ 266/2014).

ETJ execución de títulos xudiciais 266/2014

Procedemento orixe: procedemento ordinario 395/2013

Sobre ordinario

Demandante: José Alberto Rey Sande

Avogado: Torcuato Pablo Labella Lozano

Demandados: Jaisuyoma Arias Bastos, S.L., Fondo de Garantía Salarial

Avogado/a: Letrado do Fogasa

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales número 266/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Alberto Rey Sande, contra la empresa Jaisuyoma Arias Bastos, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto en fecha 24 de enero de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Ratificar la insolvencia total declarada del ejecutado Jaisuyoma Arias Bastos, S.L., por decreto de 3 de febrero de 2015, por importe de 2.959,07 euros en concepto de principal, más 295,90 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3 abierta en Banco de Santander, cuenta número 5076 0000 64 0266 14. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá ingresarse en la cuenta número 000493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta 5076 0000 64 0266 14. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La letrada de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Jaysuyoma Arias Bastos, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 24 de enero de 2019

La letrada de la Administración de justicia