Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el DOG número 7, de 10 de enero de 2019, procede hacer las siguientes correcciones:
– En la página 1411, en el sumario, donde dice: «Resolución de 21 de diciembre por la que se le da publicidad...», debe decir: «Resolución de 21 de diciembre de 2018 por la que se le da publicidad...».
– En la página 1424, en el artículo 7, donde dice: «2. La resolución conjunta relativa a cada período de admisión de solicitudes será notificada de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. (...)», debe decir: «5. La resolución conjunta relativa a cada período de admisión de solicitudes será notificada de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. (...)».
– En la página 1425, en el artículo 7, donde dice: «3. El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 45 días hábiles desde el cierre de cada período de admisión. (…)», debe decir: «6. El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 45 días hábiles desde el cierre de cada período de admisión. (…)».
– En la página 1432, en el artículo 19, donde dice: «Para todo lo no previsto en estas bases se aplicará lo previsto en: (...)», debe decir: «1. Para todo lo no previsto en estas bases se aplicará lo previsto en: (...)».