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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Miércoles, 9 de enero de 2019 Pág. 1263

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 13 de diciembre de 2018, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se acuerda publicar la Resolución de 27 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural, sobre cesión de tierras sobrantes en la zona de concentración parcelaria de Fanoi (Abadín-Lugo) al Ayuntamiento de Abadín.

El acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Fanoi (Abadín-Lugo) fue aprobado por la dirección general competente en la materia con fecha 14 de diciembre de 2007, siendo notificado y publicado en la forma legalmente prevista. En la actualidad se encuentra pendiente de declaración de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Abadín solicitó la cesión de la titularidad de las siguientes fincas del Fondo de Tierras para los fines que se indican:

• Finca nº 187 para dedicarla a aparcamiento.

• Finca nº 193-2 para actividades culturales y deportivas y aparcamiento.

• Finca nº 484 para área recreativa.

Vista la propuesta de la Junta Local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

Dado el destino para el que se solicitan las referidas fincas y respecto de los que son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de la antedicha ley gallega, esta dirección general

RESUELVE:

1. Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Fanoi (Abadín-Lugo) y adjudicar al Ayuntamiento de Abadín la titularidad de las fincas nº 187, 193-2 y 484 -que causan baja en el Fondo de Tierras de la zona- para ser destinadas a los fines que se determinan en la parte expositiva.

Dichas fincas fueron objeto de revisión para su coordinación entre sus datos alfanuméricos y gráficos, llevándose a cabo la cesión con las siguientes superficies y valores:

• Finca nº 187 con 4.624 m2 y 405.140 puntos.

• Finca nº 193-2 con 5.389 m2 y 431.120 puntos.

• Finca nº 484 con 475 m2 y 47.500 puntos.

2. Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que las fincas fueran destinadas a los fines para los cuales son adjudicados, la titularidad de las referidas fincas revertirá sobre el Fondo de Tierras de la zona, el patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

Lugo, 13 de diciembre de 2018

María Olga Iglesias Fontal
Jefa territorial de Lugo