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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Viernes, 4 de enero de 2019 Pág. 525

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2018, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Miño (expediente IN407A 2017/153-1).

Expediente: IN407A 2017/153-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: modificado del retranqueo de la LMT en la calle Raxel, nº 18, pistas polideportivas (proyecto 2018).

Ayuntamiento: Miño.

Hechos:

Primero. El 10 de octubre de 2018, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

Segundo. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercero. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

Cuarto. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Segunda. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercera. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Cuarta. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Quinta. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Sexta. La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Séptima. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Retensado tramo de línea eléctrica de media tensión aérea PED-705 (entre los apoyos número 28 y número 28/1), a 15 kV, con una longitud de 170 m, con origen en el apoyo número 28 existente de la LMT PED-705 (expediente 33.232), en el tramo entre la derivada al CT Bra Viviendas Sociales (expediente 349/2005) y la derivada al CT Grupo Escolar (expediente 553/2006), conductor tipo LA-110 mm2 AI (existente), y final en el apoyo número 28/1 proyectado a intercalar en la LMT PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra Viviendas Sociales y la derivada al CT Grupo Escolar.

– Línea de media tensión subterránea, a 15 kV, con una longitud de 230 m, con origen en el paso de aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo número 28/1 a intercalar en la LMT PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra Viviendas Sociales y la derivada al CT Grupo Escolar, en conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV 1×240 mm2 AI, y final en empalmes proyectados con la LMT subterránea PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra Viviendas Sociales y la derivada al CT Grupo Escolar.

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 33.301,79 euros.

Octava. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

Segundo. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud con la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

Cuarto. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 13 de diciembre de 2018

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña