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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2019 Pág. 218

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se reconoce al centro Safe, Educación y Formación, S.L. como escuela de navegación de recreo (Enal).

Antecedentes.

El centro Safe, Educación y Formación, S.L. solicitó el reconocimiento como escuela de navegación de recreo (Enal).

Consideraciones legales y técnicas:

1. Decreto 39/2018, de 5 de abril, por el que se modifica el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG núm. 78, de 23 de abril).

2. Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247, de 11 de octubre).

3. Orden de 31 de julio de 1998 por la que se regula la normativa para el reconocimiento de las escuelas de navegación de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 164, de 25 de agosto).

4. El Servicio de Enseñanza y Titulaciones Náutico-Pesqueras analizó la documentación y realizó las correspondientes inspecciones.

La Dirección General de Desarrollo Pesquero es la competente para resolver el expediente.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVE:

Reconocer al centro Safe, Educación y Formación, S.L. como escuela de navegación de recreo (Enal) y según el artículo 7 de la Orden de 31 de julio de 1998, por la que se regula la normativa para el reconocimiento de las escuelas de navegación de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia, tendrá la consideración de centro colaborador de la Administración en los temas que le son propios.

Asimismo, se procede a su inscripción en el Registro de Escuelas de Navegación de Recreo de la Dirección General de Desarrollo Pesquero con el número de registro XGEN052. Sus instalaciones están situadas en la Avda de la Habana, núm. 54, 2ª planta, 32004 Ourense.

La inscripción en el Registro de Escuelas de Navegación de Recreo tiene como finalidad la anotación, seguimiento, control e inspección de la escuela reconocida. Tendrá una vigencia de cinco (5) años, que se contarán a partir del día siguiente a la publicación en el DOG de esta resolución, y deberá solicitar su renovación transcurrido ese plazo.

La escuela está obligada a comunicar al Registro cualquier cambio que modifique las condiciones en que fue reconocida, como puede ser el cambio del instructor/a o de la embarcación de prácticas.

Asimismo, la escuela podrá perder su reconocimiento y darse de baja en el registro por no renovar el reconocimiento, por incumplimiento de sus obligaciones o por cese de la actividad por más de tres (3) años. La resolución será publicada en el DOG.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2018

Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero