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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Lunes, 17 de diciembre de 2018 Pág. 52651

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de notificación de rectificación de sentencia (PO 1176/2017).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1176/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Luis Regueiro Iglesias contra Servicios Viales Rodiñal, S.L. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado auto de rectificación de sentencia con la siguiente parte dispositiva:

Dispongo:

Rectificar el error de trascripción contenido en la sentencia dictada en los presentes autos en fecha de 5 de noviembre de 2018, en su fallo, que quedará redactado del siguiente modo, manteniéndose los restantes pronunciamientos:

«…Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por José Luis Regueiro Iglesias contra la entidad Servicios Viales Rodiñal, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Servicios Viales Rodiñal, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 1.060,46 € brutos en concepto de cantidades adeudadas por salarios devengados en marzo de 2017, y compensación económica por las vacaciones no disfrutadas, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales...».

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia, cuyo plazo de formulación se iniciará de nuevo con la notificación de la presente resolución.

Así, por este auto, lo manda y firma la magistrada Pilar Carreira Vidal. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios Viales Rodiñal, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia