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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Lunes, 10 de diciembre de 2018 Pág. 51591

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2555/2018-RMR).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 2555/2018

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 515/2017. Juzgado de lo Social número 4 de Ourense

Recurrentes: Alberto Fernández Campo, Cheryl Mariel Guinand Tovar, Roberto Cid González, María Jesús García Munín

Abogados: Luis Manuel Salgado Carbajales, Luis Manuel Salgado Carbajales, Luis Manuel Salgado Carbajales, Luis Manuel Salgado Carbajales

Procuradores: Ricardo Garrido Rodríguez, Ricardo Garrido Rodríguez, Ricardo Garrido Rodríguez, Ricardo Garrido Rodríguez

Recurridos: Fogasa, Proyecon Galicia, S.A., Construcciones Dabalpo, S.L.U., Estructuras Dabalpo, S.L., Santiago Sur Galicia, S.L., Sociedad Anónima de Obras y Servicios Copasa, Zamora UTE, Infraestructuras Internacionales Dabalpo, S.L., Avensi Ingeniería y Construcción, S.L.

Abogados: letrado de Fogasa, Iago Tabares Pérez-Piñeiro, José Antonio Pérez Fernández, José Antonio Pérez Fernández, Leonilda Villar Fernández, José Luis Suárez-Vence Legerén, Manuel Fernández Álvarez, José Cao García

Procuradores: Alejandro Reyes Paz, Ana Crespo Damota

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2555/2018, seguido a instancia de María Jesús García Munín contra Construcciones Dabalpo, S.L.U. y otros, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Desestimamos el recurso de suplicación formulado por los demandantes Alberto Fernández Campo y otros contra la Sentencia de 19 de enero de junio de 2017, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Ourense, en el procedimiento 515/2017, seguido contra Estructuras Dabalbo, S.L.U. y otros, confirmando la expresada resolución.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación a Infraestructuras Internacionales Dabalpo, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia