Advertido error en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 134, de 13 de julio de 2018, procede en virtud de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, corregir dicho error, así en el anexo III relativo a los ejercicios en la página 33449, donde dice: «Las marcas máximas (en minutos y segundos) exigidas para la superación de la proba son: hombres: 7’40’’, mujeres: 8’20’’», debe decir: «Las marcas máximas (en segundos) exigidas para la superación de la prueba son: hombres: 7,40’’, mujeres: 8,20’’».