De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la encomienda de gestión de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la realización de las actuaciones de carácter técnico que se susciten en el expediente de contratación relativo a la obra del proyecto de ejecución de la terminal de autobuses integrada en la nueva estación intermodal de Vigo, que tiene las siguientes características:
– Objeto: encomienda de gestión de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad a la AGI para la realización de los siguientes trabajos:
• En la fase de aprobación del proyecto:
- Informe de supervisión del proyecto relativo a la obra del proyecto de ejecución de la terminal de autobuses integrada en la nueva estación intermodal de Vigo.
• En la fase de licitación del contrato de obras:
- Elaboración del informe técnico de valoración de las ofertas técnicas presentadas, incluidos los informes relativos a posibles bajas desproporcionadas.
• En la fase de ejecución del contrato de obras:
- La dirección del contrato, como responsable del mismo, correspondiéndole las facultades atribuidas por el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
- Sin perjuicio de las funciones que le correspondan al director facultativo de las obras, en el supuesto de la existencia de un modificado sobre el contrato de obras la AGI, a través de sus órganos técnicos, deberá emitir el correspondiente informe técnico.
- La comprobación del replanteo del proyecto.
- Con relación a la tramitación de las certificaciones de obra y, en su caso, a la liquidación del contrato, sin perjuicio de las funciones que al respecto correspondan al director facultativo, las mismas deberán ser visadas por el órgano que designe la AGI.
• Cualquier otro informe de carácter técnico que en relación con este contrato de obras sea solicitado por el órgano gestor.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: este encargo tiene naturaleza intersubjectiva al realizarse entre órganos (Consellería de Infraestructuras y Movilidad y Agencia Gallega de Infraestructuras) dotados de personalidad jurídica propia y ser la Agencia Gallega de Infraestructuras medio propio y servicio técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los poder adxudicadores dependientes de ella.
– Plazo de vigencia: la vigencia de la presente encomienda será de 36 meses desde su firma.
– Supuestos en que procede la finalización anticipada del encargo: incumplimiento total o parcial de alguna de las partes o mutuo acuerdo.
Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2018
Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad