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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 30 de noviembre de 2018 Pág. 50690

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, por la que se da publicidad a una encomienda de gestión a la Agencia Gallega de Infraestructuras, relativa a la realización de determinadas actuaciones en relación con el proceso de expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras de ampliación del Gran Montecelo.

De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la encomienda de gestión de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la realización de determinadas actuaciones en relación con el proceso de expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras de ampliación del Gran Montecelo, que tiene las siguientes características:

– Objeto: encomienda de gestión de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad a la AXI para la realización de los siguientes trabajos:

• Elaboración y redacción de los pliegos para la contratación de la gestión expropiatoria.

• Elaboración de los informes técnicos precisos en la fase de licitación.

• Dirección, gestión y ejecución del contrato de asistencia en la expropiación.

• Aquellos procesos técnico-administrativos necesarios para la contratación del procedimiento expropiatorio.

• Prestar asistencia técnica en todas las fases del proceso expropiatorio en especial, levantamiento de actas previas y fase de justiprecio.

– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: esta encomienda tiene naturaleza intersubjetiva al realizarse entre órganos (Consellería de Infraestructuras y Movilidad y Agencia Gallega de Infraestructuras) dotados de personalidad jurídica propia y ser la Agencia Gallega de Infraestructuras medio propio y servicio técnico de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los poderes adjudicadores dependientes de ella.

– Plazo de vigencia: el período de vigencia de esta encomienda será de dos años desde su firma.

– Supuestos en que procede la finalización anticipada de la encomienda: incumplimiento total o parcial de alguna de las partes o mutuo acuerdo.

Santiago de Compostela, 16 de noviembre de 2018

Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad