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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Lunes, 26 de noviembre de 2018 Pág. 50168

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (PO 331/2017).

Yo, María Mercedes Santos García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 331/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Tomás Rubio Fernández contra Ferr and Ferr Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L. y Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva dice:

«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Tomás Rubio Fernández contra la entidad Ferr and Ferr Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Ferr and Ferr Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 20.512,69 € brutos en concepto de cantidades adeudadas por salarios devengados entre junio de 2013 y el 30 de junio de 2014, así como de la extinción de la relación laboral (finiquito), incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 € del depósito especial indicado en el artículo 229.1.a) de la Ley reguladora de la jurisdicción social (dichas cantidades deberán ser abonadas, si es por transferencia bancaria, en la cuenta que este juzgado tiene en el Banco Santander con el número ES55 0049 3569 92 0005001274, debiendo reseñar en «Concepto» los siguientes dígitos: 4757000065 y número de expediente con seis dígitos (cuatro para el número y dos para el año) y, si es físicamente en una oficina del Banco Santander, en la cuenta número 4757000065 y número de expediente con seis dígitos (cuatro para el número y dos para el año), acreditado mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones a nombre de este juzgado la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo».

Para que sirva de notificación en legal forma a Ferr and Ferr Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

A Coruña, 6 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia