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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 21 de noviembre de 2018 Pág. 49754

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 7 de noviembre de 2018, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2018427AL-PO, por infracción en materia sanitaria.

El 24 de septiembre de 2018 la jefa territorial de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador número 2018427AL-PO contra José Gómez Miranda, con DNI 39980548Q, como titular del establecimiento denominado Bar San Blas.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a José Gómez Miranda el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, avenida María Victoria Moreno, núm. 43-1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015.

Se le advierte de que antes de la resolución del procedimiento tiene derecho a las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 7 de noviembre de 2018

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2018427AL-PO.

Denunciado: José Gómez Miranda.

DNI: 39980548Q.

Dirección: calle Alcalde Quintanilla Martí, 10, P01-8D, 15406 Ferrol.

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en el Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios:

• Capítulo XII del anexo II: los operadores de empresa alimentaria deberán garantizar: 1) La supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral.

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición: «El incumplimiento de los requisitos de formación o instrucción de los manipuladores de alimentos».

Sanción propuesta: ciento cincuenta euros (150 €).