Yo, Mª Manuela García Jalón de la Lama, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela, hago saber que en autos número 623/2016 se ha dictado sentencia número 129 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:
«Sentencia.
Santiago de Compostela, 6 de julio de 2017.
Vistos por M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario número 625/2016, seguidos a instancia de María Sandra Dios Suárez y Manuel Magariños Llerena, representados por la procuradora Sra. Queiro García, bajo la asistencia letrada de la Sra. Blanco de la Torre, contra Técnicas del Motor Multimarca, S.L., emplazado por edictos y en situación de rebeldía procesal.
Fallo.
Se estima parcialmente la demanda presentada por la procuradora Sra. Queiro García, en nombre y representación invocada, y se condena a la demandada a pagar a los actores la cantidad de tres mil trescientos veinticuatro euros y doce céntimos (3.324,12 €), sin costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes a aquél en que se notifique esta resolución. Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe de 50 euros, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.
Así lo acuerda, manda y firma, M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela.
Y para que sirva a Técnicas del Motor Multimarca, S.L. y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto.
Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia