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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 8 de noviembre de 2018 Pág. 48384

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (SSS 131/2017).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 131/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Héctor Martínez Otero contra Fondo de Garantía Salarial, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Formas Inoxman, S.L. sobre seguridad social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva dice:

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Héctor Martínez Otero contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Nexo 8 E.T.T., S.L. y Formas Inoxman, S.L. y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a las entidades demandadas de las pretensiones contra las mismas articuladas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 € del depósito especial indicado en el artículo 229.1.a) de la Ley reguladora de la jurisdicción social (dichas cantidades deberá ser abonadas, si es por transferencia bancaria, en la cuenta que este juzgado tiene en el Banco Santander con el nº: ES55 0049 3569 92 0005001274, debiendo reseñar en concepto los siguientes dígitos: 4757000065 y nº de expediente con 6 dígitos (4 para el nº y 2 para el año) y, si es físicamente en una oficina del Banco Santander, en la cuenta nº: 4757000065 y nº de expediente con 6 dígitos (4 para el nº y 2 para el año), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones a nombre de este juzgado la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Nexo 8 ETT, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 18 de octubre de 2018

La letrada de la Administración de justicia