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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2018 Pág. 48276

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2098/2018).

Secretaría: Sra. Freire Corzo-CG

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación (RSU) 2098/2018

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 713/2015 Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

Recurrente: Rodica Dragusin

Abogada: Marina Isabel Álvarez Santos

Procurador: Luis Ángel Painceira Cortizo

Recurridos: Fogasa, Salvador Beltrán Moreno

Abogados: letrado de Fogasa (…)

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2098/2018, seguido a instancia de Rodica Dragusin contra el Fondo de Garantía Salarial y Salvador Beltrán Moreno, sobre otros derechos de Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Estimamos el recurso de suplicación formulado por la representación procesal de Rodica Dragusin contra la sentencia de fecha veintinueve de diciembre de 2017, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña en el procedimiento 713/2015, seguido contra el empresario Salvador Beltrán y el Fogasa, revocando la expresada resolución y estimando la demanda formulada en reclamación de cantidad por daños y perjuicios sufridos en accidente de trabajo, condenamos a la parte demandada a abonar al demandante la cantidad de 5.172,18 euros, más los intereses legales moratorios especificados en la demanda.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviese la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación a Salvador Beltrán Moreno, en ignorado paradero, con último domicilio conocido en Oleiros (A Coruña), expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de octubre de 2018

La letrada de la Administración de justicia