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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 25 de octubre de 2018 Pág. 47097

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial. Sección 3ª Civil de A Coruña

EDICTO (RPL 3/2018).

Yo, Ana Jorge Rogel, letrada sustituta de la Administración de justicia de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, certifico que en el presente procedimiento RPL nº 3/2018, seguido a instancia de Panificadora Los Ángeles de Durán, S.L.U. frente a Suma Servicios de Hostelería, S.L. y como demandada en situación procesal de rebeldía Geshostel Catering, S.L., se ha dictado la Sentencia en esta sala el 15 de junio de 2018, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 00229/2018.

Fallo:

Por lo expuesto, la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de A Coruña resuelve:

Estimando en parte el recurso de apelación articulado, se revoca en parte la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta ciudad, de 30 de mayo de 2016, condenando a Suma de Servicios de Hostelería, S.L. a abonar a la actora la cantidad de 1.645,35 euros. Dicha condena será solidaria por tal importe con Geshostel Catering, S.L., confirmando la resolución recurrida en cuanto se condena a Geshostel Catering, S.L. a abonar a la actora la cantidad de 6.129,96 euros más los intereses legales desde el momento de su adeudo, respondiendo así solidariamente Suma Servicios de Hostelería, S.L. únicamente con aquella de los 1.645,35 euros reseñados más los intereses legales desde la interpelación judicial.

Las costas de primera instancia se mantienen respecto a la condena de Geshostel Catering, S.L. y no se hace una especial imposición de las derivadas contra Suma Servicios de Hostelería, S.L. al estimarse parcialmente la demanda contra la misma.

No se hace una especial imposición de costas en esta alzada. Devuélvase el depósito constituido.

Así se acuerda y firma».

Encontrándose la entidad Geshostel Catering, S.L. en ignorado paradero y en rebeldía, y para que sirva de notificación en forma por medio de su publicación en el DOG a través de la procuradora Sra. Vázquez Couceiro, para su diligenciamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 17 de julio de 2018

La letrada de la Administración de justicia