Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 613/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Hermitas García Costoya contra la empresa Comedores de Obras Móviles, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:
«Parte dispositiva.
Acuerdo:
– Tener por desistida a Hermitas García Costoya de su demanda frente a Comedores de Obras Móviles, S.L.
– Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Comedores de Obras Móviles, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.
A Coruña, 2 de octubre de 2018
La letrada de la Administración de justicia