Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 22 de octubre de 2018 Pág. 46645

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de aclaración de sentencia (203/2018).

Mercedes Santos García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 203/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Patricia Redondo Silva contra Las Pepas Hostelería, S.L. sobre despido, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva establece:

«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Inés Rey García contra la entidad Las Pepas Hostelería, S.L., en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido que la demandante ha sido objeto en fecha de 21 de febrero de 2018, condenando a que la entidad Las Pepas Hostelería, S.L., en el plazo de cinco días desde la fecha de notificación de la sentencia, proceda a completar el abono de la indemnización que por despido le correspondería a razón de 1.977,44 euros, de la que restarían por abonar 1.186,63 euros.

El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

Con la intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Y se ha dictado en fecha 30 de agosto de 2018 auto de aclaración de sentencia, con el siguiente contenido:

Rectificar el error de transcripción contenido en la sentencia dictada en los presentes autos en fecha de 16 de julio de 2018, así donde dice (hecho probado primero y segundo, y fallo) la demandante Inés Rey García, ha de decir: Patricia Redondo Silva, manteniéndose los restantes pronunciamientos.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia dictada, cuyo plazo de formulación se iniciará de nuevo con la notificación de la presente resolución».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Las Pepas Hostelería, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 1 de octubre de 2018

La letrada de la Administración de justicia