Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 1 de marzo de 2018, pronunció la sentencia número 76/2018, dictada en el procedimiento ordinario nº 4260/2016, interpuesto por la procuradora Raquel Iglesias Regueira, en nombre y representación de Francisco Álvarez González, sentencia que, en su parte dispositiva, literalmente dice:
«1) Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora Raquel Iglesias Regueira, en nombre y representación de Francisco Álvarez González; contra la Orden de 25 de febrero de 2016 por la que se aprueba definitivamente el PGOM de A Rúa (Ourense), publicada en el DOG de 11 de marzo de 2016; por lo que procede su anulación parcial con la correspondiente declaración de que las dos fincas señaladas en el fundamento jurídico primero de esta sentencia son suelo urbano consolidado, y procede la anulación de la delimitación del SUNC-9 de suelo urbano no consolidado discontinuo, con relación a estas dos parcelas y como consecuencia de su calificación como sistema general de espacios libres.
2) Imponer el pago de las costas procesales a la parte demandada y codemandada dentro del límite respectivo de 1.500 euros para cada una de ellas».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2018
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo