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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 17 de octubre de 2018 Pág. 46076

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 9 de octubre de 2018 por la que se modifica la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018.

Mediante la Orden de 4 de julio de 2018 (Diario Oficial de Galicia número 134, de 13 de julio), la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria convocó las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia.

Teniendo en cuenta la complejidad técnica que implica la evaluación de las solicitudes presentadas y el escaso espacio temporal que tendrían las entidades beneficiarias para hacer efectivo el gasto, se hace necesario, para hacer más racional y factible la concesión de estas ayudas, ampliar el plazo de justificación del gasto en el año 2018 hasta el 17 de diciembre.

En consecuencia, y en el uso de las atribuciones que tengo conferidas,

ACUERDO:

Artículo único. Modificación del artículo 13 de la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018, que queda redactado como sigue:

En el artículo 13, se modifica el párrafo primero del punto 2, de tal modo que donde dice:

«2. Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la universidad beneficiaria expida, en la fecha límite de 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la anualidad de que se trate, la siguiente documentación:»

Debe decir:

«2. Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la universidad beneficiaria expida, en la fecha límite del 17 de diciembre para la anualidad del 2018 y del 30 de noviembre para las anualidades de 2019 y 2020, la siguiente documentación:»

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2018

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional