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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 16 de octubre de 2018 Pág. 45972

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (DOI 856/2017).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido objetivo individual 856/2017 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Lourdes González Tarrío contra Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L. y Campiñas de Laíño, S.A., se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Se estima la demanda formulada por María Lourdes González contra Refojo y González, S.L., Campiñas de Laíño, S.A., Hipescar, S.L., Juan Manuel Capella Pérez, administrador concursal de Campiñas de Laíño, S.A., y María José Lorenzo Gómez, administradora concursal de Refojo y González, S.L., el Fogasa, y declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia, condenado a las mercantiles demandadas Refojo y González, S.L., Campiñas de Laíño, S.A., Hipescar, S.L. a que le abonen solidariamente a la actora la suma de 35.477,34 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación contractual a fecha de la presente resolución; y la suma de 15.844 euros en concepto salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido hasta la fecha de extinción de la relación laboral en la presente resolución, sin perjuicio de los descuentos que, en su caso, procedan respecto de dicha suma en fase de ejecución de sentencia, en relación con las prestaciones por desempleo o por la colocación del demandante durante dicho periodo de salarios de tramitación en función del salario que esté percibiendo en su nuevo empleo; condenando, asimismo, a los administradores concursales demandados a estar y pasar por dichas declaraciones y condenas en su condición de tales administradores concursales.

Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Hipescar, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto, decreto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia