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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Lunes, 15 de octubre de 2018 Pág. 45876

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 27 de septiembre de 2018 por la que se notifica acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono de buque plataforma-flotante depositado en la explanada de varada del puerto de Rianxo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Servimar Innova, S.L., mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de 6 de septiembre de 2018 de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia, que inicia el procedimiento para la declaración de abandono del buque que se cita, depositado en el puerto de Rianxo, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El acuerdo se emite por encontrarse el buque plataforma-flotante depositado sin actividad ni mantenimiento alguno en la zona de varada del puerto de Rianxo y sin abonar tasas desde hace unos 3 años, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el presidente de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), de régimen jurídico del sector público.

Se otorga al propietario del buque un plazo máximo de 10 días para formular alegaciones.

Se advierte que, de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, éste pasará a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque sean a costa del anterior propietario.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2018

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia