No siendo posible la práctica de la comunicación a la que se refiere el apartado 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales, a los titulares de las parcelas que se relacionan a continuación, por causas no imputables a la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de biomasa.
Expediente |
Titular |
Polígono |
Parcela |
Localización |
483/2018 |
José Raúl Castells Rodríguez |
613 |
79 |
Monterroso |
485/2018 |
Herederos Caridad Rojo Ferreiro |
538 |
47 |
Monterroso |
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales, los titulares de las parcelas detalladas disponen de un plazo máximo de quince días naturales para proceder a la gestión de biomasa y retirada de especies arbóreas prohibidas.
Monterroso, 17 de septiembre de 2018
Miguel Rico Gómez
Alcalde