Yo, María Mercedes Santos García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 356/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Teresa Abelleira Vega contra Fondo de Garantía Salarial y comunidad hereditaria de José Antonio Basanta Ávarez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia cuya parte dispositiva es la que sigue:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por María Teresa Abelleira Vega contra la comunidad hereditaria de José Antonio Basanta Álvarez y, en consecuencia, debo condenar y condeno solidariamente a la comunidad hereditaria de José Antonio Basanta Álvarez a que abone a la demandante la cantidad de 19.990,17 € brutos en concepto de cantidades adeudadas por salarios devengados entre septiembre de 2015 y diciembre de 2016, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
Para que sirva de notificación en legal forma a la comunidad hereditaria de José Antonio Basanta Álvarez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 17 de septiembre de 2018
La letrada de la Administración de justicia