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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Miércoles, 3 de octubre de 2018 Pág. 44665

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa el procedimiento de inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia del crucero sito en la finca Simeón, en el parque de Vista Alegre, en la parroquia de San Xoán de Vista Alegre del ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña).

La Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución y a tenor de lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural. En ejercicio de ésta, se aprobó la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia que, primeramente, en su artículo 8.1 (clasificación de los bienes del patrimonio cultural de Galicia) establece que los bienes del patrimonio cultural podrán ser declarados de interés cultural o catalogados, y a continuación, en el párrafo 3, define los bienes catalogados como aquellos bienes y manifestaciones inmateriales no declarados de interés cultural que por su notable valor cultural sean incluidos en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia.

Según el artículo 91.3 da Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG), a los efectos de su posible declaración de interés cultural o catalogación, se presume el valor etnológico de los siguientes bienes, siempre que conserven de forma suficiente su integridad formal y constructiva y los aspectos característicos que determinan su autenticidad:

a) Los hórreos, los cruceros, las cruces de muertos, las de término y los petos de ánimas.

El 12 de febrero de 2018, un particular solicita a la Dirección General de Patrimonio Cultural la inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia de un crucero, atribuido a Francisco Hipólito Asorey González, sito en la finca Simeón, en el parque de Vista Alegre, en la parroquia de San Xoán de Vista Alegre de Santiago de Compostela. Este bien fue realizado en 1952 por el mencionado escultor bajo encargo de uno de los hijos de Isabel García Blanco, ─hija de Simeón García de Olalla de la Riva, fundador de la empresa textil Almacenes Simeón y más tarde del Banco Simeón─. Como obra atribuida a Francisco Asorey, se estima su importancia artística.

Es necesario tener en cuenta que Simeón García Olalla de la Riva y su hija fueron grandes bienhechores de la ciudad de Santiago de Compostela; a ellos se debió la fundación de la Escuela de la Inmaculada, el Hospital de la Esperanza y el Cottolengo, entre otras instituciones emblemáticas de la ciudad compostelana, lo que determina su interés histórico y antropológico.

Por lo tanto, en virtud de lo manifestado y a la vista del informe elaborado por los servicios técnicos de esta Dirección General de Patrimonio Cultural, en el que se manifiesta el notable valor cultural previsto para los bienes catalogados en el artículo 8.3 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, así como un especial valor cultural, principalmente etnológico, determinado en el artículo 92.2 del citado precepto legal, y su inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia, es por lo que, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 13 del Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Incoar el procedimiento para incluir en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia el crucero sito en la finca de Simeón en el parque de Vista Alegre, en la parroquia de San Xoán de Vista Alegre, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña), según la descripción del bien que consta en el anexo I y la fotografía de este bien contenida en el anexo II.

Segundo. Ordenar la anotación preventiva en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia y aplicar de forma provisional, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, el régimen de protección previsto para los bienes catalogados en tanto se tramite el expediente, que deberá resolverse en el plazo máximo de dieciocho (18) meses a partir de la fecha de esta resolución. Pasado ese plazo sin que se emita resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento.

Tercero. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y abrir un período de información pública por un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, para que cualquier persona física o jurídica pueda presentar las alegaciones e informaciones que estime oportunas. El expediente podrá examinarse en las dependencias administrativas de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural (Dirección General del Patrimonio Cultural, Edificio Administrativo San Caetano, bloque 3, 2º piso, de Santiago de Compostela).

Cuarto. Notificar esta resolución a las personas interesadas y al ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2018

Mª Carmen Matínez Ínsua
Directora general del Patrimonio Cultural

ANEXO I

Descripción

Denominación: crucero de Isabel García Blanco.

Descripción: elevado sobre una plataforma gradada de tres escalones cuadrangulares, presenta una base monolítica sin inscripción y un fuste de sección cuadrangular de aristas vivas en la base, donde aparece la fecha 1952, en el reverso y la inscripción conmemorativa en el anverso («Dedicado por las casas Simeón García a Isabel García Blanco en el LXXX aniversario de su nacimiento»). Un sencillo capitel corintio sirve de apoyo para la cruz con Jesucristo crucificado con cuatro clavos en el anverso y la escena de la Visitación de María a Isabel. El tema iconográfico, también llamado «el abrazo», de la Virgen María visitando a su prima Isabel, ambas en estado de buena esperanza de forma milagrosa, es absolutamente excepcional en los cruceros gallegos y debe relacionarse con el nombre de la mujer a la que se conmemora en el crucero.

Localización: parque de Vista Alegre (antes finca Simeón, parroquia de San Xoán de Vista Alegre. Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña).

Coordenadas ETRS 89 Huso UTM 29: X: 537.007 Y: 4.742.244.

Bien cultural específico: patrimonio artístico.

Valor cultural: artístico, histórico y antropológico.

Contorno de protección: al tratarse de un elemento situado dentro de una finca protegida en el Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica PE-1, aprobado el 24 de marzo de 1997, que incluye la finca de Vista Alegre en el catálogo de jardines y elementos naturales, no resulta necesario establecer un contorno de protección específico, estimándose suficientes las determinaciones urbanísticas vigentes.

ANEXO II

Fotografía

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