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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 1 de octubre de 2018 Pág. 44163

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 272/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 272/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Dolores González Loureiro contra Innovis Laboratorios, S.L., Novocat Farma, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por María Dolores González Loureiro contra Innovis Laboratorios, S.L. y se declara la improcedencia del despido efectuada por la demandada con efectos de 19 de marzo de 2018 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Innovis Laboratorios, S.L. a que readmita a la trabajadora demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia, a razón de 47,33 euros diarios o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral, con abono a la demandante de la indemnización de 8.590,09 euros por despido improcedente.

La opción del empresario entre la readmisión del trabajador o la indemnización por despido improcedente deberá ejercitarse en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

Se desestima la demanda contra la empresa Novocat Farma, S.A., absolviéndola de todos los pedimentos contra ella solicitados.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Novocat Farma, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia