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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 1 de octubre de 2018 Pág. 44189

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 18 de septiembre de 2018, del Jurado Provincial de Clasificación Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 12 de septiembre de 2018, relativa al deslinde entre las comunidades de montes vecinales en mano común de Valdeguas y todos sus linderos: MVMC de Feilas, MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, MVMC Bemposta y Osoño y MVMC Fumaces, en los municipios de Vilardevós, Verín y Riós.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes de los MVMC de Valdeguas y todos sus línderos: MVMC de Feilas, MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, MVMC Bemposta y Osoño y MVMC Fumaces, en los municipios de Vilardevós, Verín y Riós,

Hechos:

Primero. Con fecha 21 de noviembre de 2017 Manuel Posada Fernández, como presidente de la junta rectora de la CMVMC de A Trepa, presentó cuatro escritos en el registro del edificio administrativo de Lugo en los que solicitaba que el Jurado Provincial de Clasificación Montes Vecinales en Mano Común dictara resolución aprobatoria de cuatro solicitudes de deslinde.

En cada uno de los citados escritos prensentaron los siguientes documentos:

– Acta de deslinde.

– Memoria descriptiva con planos topográficos.

– Acta de conciliación levantada en el juzgado de paz o de primera instancia correspondiente.

– Certificaciones de aprobación de cada una de las comunidades de montes implicadas.

Segundo. El Servicio de Montes emitió informe favorable sobre las citadas solicitudes el día 16 de abril de 2018, en el que hacen constar los siguientes aspectos:

– La documentación prensentada corresponde al deslinde entre el MVMC de Valdeguas y todos sus límites: MVMC de Feilas, MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, MVMC Bemposta y Osoño y MVMC Fumaces, en los municipios de Vilardevós, Verín y Riós.

– El deslinde afecta únicamente a los perímetros límites entre los montes indicados en el punto anterior.

– El Servicio de Montes considera que la documentación se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, y que los límites acordados están suficientemente definidos mediante las actas de deslinde y conciliación, las coordenadas y planos que figuran en la memoria y las capas digitales en formato shape presentadas.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial acordó por unanimidad el día 29 de mayo de 2018:

Aprobar el acto de conciliación acordado entre la MVMC de Valdeguas y todos sus límites: MVMC de Feilas, MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, MVMC Bemposta y Osoño y MVMC Fumaces, en los municipios de Vilardevós, Verín y Riós, de acuerdo con el informe favorable del Servicio de Montes del día 16 de abril de 2018.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 18 de septiembre de 2018

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense