Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 40.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante LPAC), mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, por el incumplimiento de los preceptos que se detallan, se notifica a las personas interesadas relacionas en el anexo de este anuncio, las comunicaciones de inicio del procedimiento sancionador, por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
En atención a lo previsto en el artículo 46 de la LPAC, el acto no se publica en su integridad, por lo que se le hace saber a las personas interesadas que el texto íntegro de la comunicación de inicio del procedimiento sancionador se encuentra a su disposición, para su consulta, en las dependencias de la oficina de empleo que le corresponda, durante el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Una vez producida la referida notificación, según lo dispuesto en el punto 3, del artículo 37 bis, del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo, dispone de un plazo de quince (15) días hábiles, para formular, por escrito, ante la oficina de empleo correspondiente, las alegaciones que estime oportunas, documentalmente acreditadas. Transcurrido dicho plazo, esta jefatura territorial dictará la correspondiente resolución.
El plazo para dictar resolución será de seis meses, desde la fecha del acuerdo de inicio del procedimiento. Transcurrido dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que esta Jefatura Territorial de Pontevedra pueda instar un nuevo procedimiento, si la acción no estuviera prescrita.
Para que conste y le sirva de notificación a las personas interesadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, expido y firmo este anuncio.
Vigo, 23 de agosto de 2018
El jefe territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 135/2017, de 28 de diciembre)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial
ANEXO
Persona interesada |
Nº de expediente |
Preceptos infringidos |
Preceptos sancionadores |
Propuesta de sanción |
Calvo Cabanas, Marcos |
53186106D/12/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Galbán Tato, Gonzalo |
35461787L/07/06/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
González Pérez, María |
71518680L/16/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Lago Rodríguez, Daniel |
39467389X/16/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Mosteiro García, Lucas |
35482282K/26/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Rodríguez Porto, Ismael |
35573852M/20/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Vázquez Corrales, Eloy |
78735733V/14/06/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |
Veiga Fernández, Ana Rosa |
77009908C/02/07/2018/2.1.E |
Artículo 24.4.b) |
Artículo 47.1.a) |
Pérdida de un mes de la prestación/subsidio por desempleo |