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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 8 de agosto de 2018 Pág. 36751

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se convoca para el año 2018 la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio.

En el Diario Oficial de Galicia de 2 de enero de 2018 se publicó la Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se convoca para el año 2018 la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio.

En el artículo 2 de dicha resolución se establece que el crédito asignado para atender las solicitudes que se aprueben, que se imputan a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180), asciende a 1.600.000 euros para el año 2018, y 2.100.000 euros del año 2019 para la financiación de las ayudas que, por su duración, generen derechos económicos de las beneficiarias durante el ejercicio siguiente. Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Por otra parte, el artículo 7.1.h), de la Ley 8/2017, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018, dispone que con independencia de los supuestos previstos en el punto 1 del artículo 64 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, tendrán excepcionalmente condición de ampliables los créditos incluidos en la aplicación 05.11.313D.480.0, destinados al pago de ayudas directas a mujeres víctimas de violencia de género.

En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes presentadas de esta ayuda y que no pueden ser atendidas por el agotamiento del crédito inicialmente asignado, así como las necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario incrementar la dotación presupuestaria destinada a estas ayudas.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía la dotación presupuestaria asignada para la concesión de las ayudas económicas de carácter periódico de apoy a las mujeres que sufren violencia de género en la cuantía de 958.927,30 euros para el ejercicio corriente, con cargo a la partida presupuestaria 05.11.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180).

Segundo. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2018

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad