Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 7 de agosto de 2018 Pág. 36654

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de rectificación de sentencia (PO 56/2017).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 56/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María José Pena Andrade contra el Fondo de Garantía Salarial, Deus Creaciones, S.L., Shivshi, S.L., Bendita Costura, S.L., Costura Invisible, S.L., Pedracapela, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Vainica Doble, S.L., Confecciones Ideal, S.L., administración concursal de Gaviota Textil XXI, S.L., administración concursal de Plataforma Costurera, administración concursal de Confecciones Fraga, Confecciones Deus, S.L., administración concursal de Confecciones Deus, Gaviota Textil XXI, S.L., Perseo Textil, S.L., administración concursal de Costura Invisible, administración concursal de Confecciones Deus, S.L., administración concursal de Shivshi, S.L., empresa Deus Deluxe, S.L., administración concursal de Confecciones Ideal, S.L., Confecciones Fraga, S.L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de rectificación de sentencia, cuya parte dispositiva dice:

Rectificar el error de trascripción contenido en la sentencia dictada en los presentes autos en fecha de 31 de enero de 2018, en su fallo, que quedará redactado del siguiente modo, manteniéndose los restantes pronunciamientos:

«…Que debo estimar y estimo la demanda que, en materia de cantidad, ha sido interpuesta por María José Pena Andrade contra las entidades Confecciones Deus, S.L., Deus Creaciones, S.L., Confección Ideal, S.L., Confecciones Fraga, S.L., Costura Invisible, S.L., Shivshi, S.L., Perseo Textil, S.L., Puntada Elaborada, S.L., Vainica Doble, S.L., Deus Deluxe, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Bendita Costura, S.L., Pedracapela, S.L., Nuevo Siglo Textiles, S.L., la administración concursal de Deus Creaciones, S.L., Confecciones Deus, S.L., y Costura Invisible, S.L., la administración concursal de Confección Ideal, S.L., la administración concursal de Confecciones Fraga, S.L., la administración concursal de Plataforma Costurera, S.L., la administración concursal de Shivshi, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno solidariamente a las anteriores entidades a que abonen a la demandante la cantidad de 2.559,20 euros brutos, por salarios devengados entre diciembre de 2015 y febrero de 2016, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Que debo desestimar y desestimo la demanda que, en materia de cantidad, ha sido interpuesta por María José Pena Andrade frente a las entidades Gaviota Textil XXI, S.L. y Confecciones Ideal, S.L., así como la administración concursal de Confección Ideal, S.L., a las que debo absolver de las pretensiones formuladas en su contra...».

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia, cuyo plazo de formulación se iniciará de nuevo con la notificación de la presente resolución.

Así, por este auto, lo mando y firmo, la magistrada Pilar Carreira Vidal. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las demandadas, que se encuentran en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 10 de julio de 2018

La letrada de la Administración de justicia