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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 7 de agosto de 2018 Pág. 36710

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 17 de julio de 2018 por la que se le notifica a los interesados la liquidación del préstamo con garantía hipotecaria por no ocupación de vivienda de promoción pública y otras causas.

De conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, según el cual la publicación en el Boletín Oficial del Estado resulta preceptiva «cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar...», se emplaza a las personas interesadas que se señalan en el anexo para ser notificadas por comparecencia, en la que se les dará conocimiento del contenido íntegro del acto que se notifica.

La comparecencia deberá efectuarse ante el órgano de tramitación, el Servicio de Régimen Jurídico e Inspección del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS), situado en Área Central, s/n, polígono de As Fontiñas, 15781 Santiago de Compostela, en un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula en el tablón de edictos (TEU) del BOE.

En el caso de transcurrir dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida al día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

La eficacia de este anuncio queda supeditada a su publicación en el tablón edictal del Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2018

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO

Expediente: OR 83010 cuenta 6.

Nombre: Comunidad hereditaria de Alberto Fernández García con DNI XXXXX950A y comunidad hereditaria de María Dina Jiménez Dual con DNI XXXXX360P.

Indicación del contenido del acto que se notifica:

Notificación a las comunidades hereditarias de Alberto Fernández García y de María Dina Jiménez Dual de la cantidad exigible resultante de la liquidación de préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda de promoción pública adquirida en 1988 al IGVS por Alberto Fernández García y María Dina Jiménez Dual.

Se trata de un acto de mero trámite, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, no podrá interponerse recurso alguno.