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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 24 de julio de 2018 Pág. 34812

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4953/2017-RJ).

Yo, Mª Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 4953/2017 de esta sección, seguido a instancia de Francisco Pardo Alvite contra Fogasa, Electrónica Radar, S.L., sobre Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia Mª Asunción Barrio Calle

A Coruña, 19 de junio de 2018.

El anterior escrito suscrito por la letrada María José Domínguez Rivas, en nombre y representación de Francisco Pardo Alvite, únase al recurso de su razón y se tiene por aportado testimonio de la sentencia alegada como de contraste del TSJ de Valencia. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Electrónica Radar, S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de junio de 2018

La letrada de la Administración de justicia