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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 13 de julio de 2018 Pág. 33532

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 29 de junio de 2018, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publica la resolución de clasificación del expediente 4/2017 y uno más.

A los efectos previstos en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión celebrada el 14 de junio de 2018, en la sala de juntas de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal, y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera y Antonio José López-Acuña Herrero y del secretario en funciones, Juan Carlos López Seijas, dictó las resoluciones de clasificar como vecinales en mano común los siguientes montes:

– Expediente: 4/2017.

Nombre: Distriz (ampliación).

Pertenencia: vecinos de la parroquia Distriz.

Parroquia: Distriz.

Ayuntamiento: Monforte de Lemos.

Superficie: 0,817 hectáreas.

En la siguiente tabla se describe la parcela catastral clasificada, así como sus linderos. Asimismo, se puede identificar en el plano que figura en el anexo I:

Parcela a clasificar

Linde

Polígono

Parcela

Parcela 378-polígono 76

Norte

76

9035 y 9028

Este

76

9028 y 379

Sur

76

282

Oeste

76

377, 376, 375, 374, 372, 371, 370, 369, 368, 367, 380, 398, 397, 396, 395, 394, 399 y 401

Como consecuencia de esta ampliación, la superficie total de monte vecinal de la comunidad de Distriz es de 96,685 hectáreas.

– Expediente: 8/2017

Nombre: Bembibre (ampliación).

Pertenencia: vecinos de la parroquia San Pedro de Bembibre.

Parroquia: San Pedro de Bembibre.

Ayuntamiento: Taboada.

Superficie: 66,46 hectáreas.

Las parcelas catastrales clasificadas, a continuación detalladas, están agrupadas en cinco zonas, que se pueden identificar en el plano que figura en el anexo II:

Zona 1:

Parcelas a clasificar

Linde

Polígono

Parcelas colindantes

27060A02100330

27060A02100329

27060A02100275

27060A02100276

Norte

21

277, 331, 9008, 338 y 258

Este

21

262, 263, 266, 267, 268, 269, 270 y 272

Sur

21

9002 y 250

Oeste

21

9009, 156, 155, 154, 153, 151, 150, 149, 148, 140, 139, 136, 336 y 9001

Zona 2:

Parcelas a clasificar

Linde

Polígono

Parcelas colindantes

27060A02300081 27060A02300027

Norte

23

26

9003

66

Este

23

9003, 30, 52, 53, 54, 55, 56, 65, 9001 y 58

Sur

23

89, 88, 87, 85, 84 y 83

Oeste

22

9009

23

72 y 9001

Zona 3:

Parcelas a clasificar

Linde

Polígono

Parcelas colindantes

27060A02600012

27060A02400241

Norte

24

9005, 93, 88, 86, 85, 84, 83, 69, 71, 74, 75, 76 y 231

Este

24

9006, 307 y 9004

26

13, 26, 16, 17, 18, 19 y 184

Sur

26

20, 21, 78, 77 y 76

23

9005

Oeste

26

1

24

9004 y 9002

Zona 4:

Parcelas a clasificar

Linde

Polígono

Parcelas colindantes

27060A02500109

Norte

25

102, 101 y 171

Este

25

9004

Sur

25

9001

Oeste

25

9001, 120, 119, 118, 117, 116, 115, 114, 113, 112, 111, 121, 105 y 104

Zona 5:

Parcelas a clasificar

Linde

Polígono

Parcelas colindantes

27060A02300096

27060A02700114

27060A02400228

27060A02300095

Norte

23

82, 83, 84, 85, 86, 89, 91, 92, 9004 y 9001

24

218, 229 y 227

Este

23

9004, 9005, 113, 115, 98, 106 y 9006

Sur

27

115, 221, 222 y 223

Oeste

27

26

23

9006

22

9009

Como consecuencia de esta ampliación, el monte vecinal en man común de Bembibre cuenta con una superficie de 102,6 hectáreas.

Contra estas resoluciones, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Lo anterior, en relación con el precepto legal recogido en el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común, y en el artículo 28 de su reglamento.

Lugo, 29 de junio de 2018

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO I

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ANEXO II

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