BDNS (Identif.): 407786.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales y turísticos en que se produjesen daños derivados directamente de la explosión.
Segundo. Objeto
Las ayudas se otorgarán de forma directa y tienen por objeto sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui, el 23 de mayo de 2018.
Tercero. Normas por las que se rigen las ayudas
Resolución de 10 de julio de 2018 por la que se establecen las normas que regirán la concesión de las ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018, según el Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018.
Cuarto. Importe
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1-741A-7706 y por un importe de 600.000,00 € con cargo al año 2018.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de julio de 2018
Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica