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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 29 de junio de 2018 Pág. 31589

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANUNCIO de 12 de junio de 2018, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, por el que se notifica la resolución de un procedimiento sancionador por infracción de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG), porque, intentadas las notificaciones, no se han podido practicar (expediente S-L-02.17).

La Dirección General del Patrimonio Cultural dictó en fecha 16.3.2018 resolución del procedimiento sancionador que se indica, por infracción de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, de patrimonio cultural de Galicia (LPCG). Intentada la notificación personal de esta resolución, no ha sido posible practicarla.

Mediante este anuncio, y según disponen los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se emplaza a las personas interesadas que se indican en el anexo para ser notificadas por comparecencia de los actos cuyo contenido se indica. La comparecencia que podrán realizar deberá efectuarse en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el tablón de edictos único del Boletín Oficial del Estado, en la sede del Servicio de Vigilancia e Inspección de la Dirección General del Patrimonio Cultural, en la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el Edificio Administrativo de San Caetano, en Santiago de Compostela.

La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único indicado. Transcurrido el plazo señalado sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida desde el día siguiente al del vencimiento del plazo.

Se advierte que, de acuerdo con el contenido de dicha resolución que impone sanción de multa a la persona interesada, se podrá interponer recurso de alzada contra ella en el plazo de un mes que se contará a partir de la fecha en la que la notificación se entienda producida.

En el caso de que no se interponga recurso, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectivo el importe de la sanción en período voluntario dentro del plazo que indica la carta de pago que se adjunta a la resolución. De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Mª Carmen Martínez Ínsua
Directora general del Patrimonio Cultural

ANEXO

Expediente: S-L-02.18, información previa VI-PO-054.15. Lugo.

Hecho imputado: plantación de eucaliptos sin autorización y sin guardar la distancia mínima exigible en el Camino de Santiago Primitivo o de Oviedo (Baleira).

Afectada: María Dolores Manso Díez.

Último domicilio conocido de la persona interesada: A Coruña.

Acto notificado: Resolución de 16 de marzo de 2018 que impone sanción de multa y obligación de restitución.

Plazo para interponer recurso: un mes.