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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 18 de junio de 2018 Pág. 29516

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 6 de junio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la prestación de servicios de asesoramiento a personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 403264.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las entidades privadas reconocidas o autorizadas como entidades prestadoras de servicios de asesoramiento inscritas en el Registro de entidades con servicios de asesoramiento o gestión de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la prestación de servicios de asesoramiento en el ámbito de actuación de la Comunidad Autónoma de Galicia, y convocarlas para el año 2018, en el marco del PDR de Galicia 2014-2020 dentro de la medida 2, Servicios de asesoramiento, gestión y relevo destinados a las explotaciones agrícolas, submedida 2.1, Apoyo para contribuir a la obtención de servicios de asesoramiento (procedimiento MR616B).

La medida enlaza esencialmente con la prioridad 1 y, particularmente, con las áreas focales 1A (fomentar la innovación, cooperación y el desarrollo de la base de conocimiento en las zonas rurales). Con todo, dado su carácter horizontal contribuye transversalmente en el cumplimiento de los objetivos de todas las prioridades y, en concreto, de las áreas focales 2B (facilitar la entrada en el sector agrario de agricultores adecuadamente formados y, en particular, el relevo generacional), 3A (mejorar la competitividad de los productores primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales), 4A (restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad (incluido en las zonas Natura 2000 y en las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas), los sistemas agrarios de alto valor natural, así como el estado de los paisajes europeos), 4B (mejorar la gestión del agua, incluyendo la gestión de los fertilizantes y de los plaguicidas), 4C (prevenir la erosión de los suelos y mejorar la gestión de los mismos), 5B (lograr un uso más eficiente de la energía en la agricultura y en la transformación de alimentos), 5C (facilitar el suministro y el uso de fuentes renovables de energía, subproductos, desechos y residuos y demás materia prima no alimentaria para impulsar el desarrollo de la bioeconomía), 5D (reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de amoniaco de procedentes de la agricultura), 5E (fomentar la conservación y captura de carbono en los sectores agrícola y forestal), 6A (facilitar la diversificación, la creación y el desarrollo de pequeñas empresas y la creación de empleo) y 6B (promover el desarrollo local en las zonas rurales).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 6 de junio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la prestación de servicios de asesoramiento a personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

El importe máximo de la ayuda por explotación asesorada se establece en función de la modalidad de asesoramiento previsto y la orientación productiva principal que conste en el Reaga.

Modalidad

Precio del servicio (€)

Explotaciones agrícolas

Explotaciones ganaderas

Básico

460

670

Intermedio

670

850

Integral

850

1.000

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2018

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias